Ilustraciones para documento de la "XIX Cumbre Judicial Iberoamericana de Justicia"
Las siguientes ilustraciones corresponden a la Declaración Judicial Iberoamericana sobre Justicia Ciudadana y Participativa realizada en Ecuador el año 2018.
Ya existía un documento anterior con ilustraciones donadas por la destacada ilustradora chilena Pati Aguilera y las ilustraciones que debía realizar tenían que seguir una línea similar en la cual tenía la libertad de agregar elementos propios.
Me entregaron los textos de cada declaración y debía representarla con una imagen.
Me entregaron los textos de cada declaración y debía representarla con una imagen.
1. JUSTICIA PARA LAS PERSONAS.
Los Poderes Judiciales deben articular con el resto del Estado los mecanismos que garanticen el acceso a una justicia eficiente y de calidad que tenga en cuenta las necesidades de todos y en especial de aquellas personas en condiciones de vulnerabilidad.
La Administración de Justicia debe siempre estar al servicio de las personas y de la satisfacción de sus necesidades.
Toda persona tiene derecho a un acceso universal a un servicio de justicia oportuno, de excelencia, inclusivo, que ofrezca y respete todas las garantías en la solución de los conflictos y la satisfacción de las necesidades en la demanda de justicia.
La institucionalidad que se establezca deberá siempre considerar los sistemas ciudadanos y públicos, los que se integrarán y coordinarán considerando las necesidades de las personas. Ambos sistemas deben integrarse para constituirse en una efectiva alternativa para la solución de conflictos que se producen en la sociedad.
Los Poderes Judiciales deben articular con el resto del Estado los mecanismos que garanticen el acceso a una justicia eficiente y de calidad que tenga en cuenta las necesidades de todos y en especial de aquellas personas en condiciones de vulnerabilidad.
La Administración de Justicia debe siempre estar al servicio de las personas y de la satisfacción de sus necesidades.
Toda persona tiene derecho a un acceso universal a un servicio de justicia oportuno, de excelencia, inclusivo, que ofrezca y respete todas las garantías en la solución de los conflictos y la satisfacción de las necesidades en la demanda de justicia.
La institucionalidad que se establezca deberá siempre considerar los sistemas ciudadanos y públicos, los que se integrarán y coordinarán considerando las necesidades de las personas. Ambos sistemas deben integrarse para constituirse en una efectiva alternativa para la solución de conflictos que se producen en la sociedad.
2. HACER EFECTIVOS LOS DERECHOS HUMANOS.
La labor fundamental del servicio de justicia radica en brindar una efectiva protección y vigencia de los Derechos Fundamentales de todas las personas, sin distinción de ninguna naturaleza, en un plano de igual reconocimiento de su dignidad y diversidad en sus múltiples expresiones, garantizando espacios de participación inclusivos, donde se avance hacia una solidaria y pacífica convivencia, en la que todas las personas y comunidades puedan desarrollarse armónicamente manifestando y expresando distintas opiniones, ideas, tradiciones y culturas.
La labor fundamental del servicio de justicia radica en brindar una efectiva protección y vigencia de los Derechos Fundamentales de todas las personas, sin distinción de ninguna naturaleza, en un plano de igual reconocimiento de su dignidad y diversidad en sus múltiples expresiones, garantizando espacios de participación inclusivos, donde se avance hacia una solidaria y pacífica convivencia, en la que todas las personas y comunidades puedan desarrollarse armónicamente manifestando y expresando distintas opiniones, ideas, tradiciones y culturas.
3. JUSTICIA INTEGRAL.
El servicio de justicia debe ser un sistema integrado, institucional y ciudadano, donde las personas tengan a su disposición una multiplicidad de mecanismos para solucionar sus conflictos, todos los cuales tendrán un carácter principal y estarán interrelacionados, seleccionándose aquel que resulte más apropiado al conflicto particular y en consideración a las necesidades de las personas.
Ningún mecanismo de solución de conflictos desplaza a otro. Aquellos de carácter ciudadano únicamente antecederán a los institucionales para encontrar la solución más adecuada y temprana al caso, pero nunca para constituirse en desmedro del sistema tradicional.
El servicio de justicia debe ser un sistema integrado, institucional y ciudadano, donde las personas tengan a su disposición una multiplicidad de mecanismos para solucionar sus conflictos, todos los cuales tendrán un carácter principal y estarán interrelacionados, seleccionándose aquel que resulte más apropiado al conflicto particular y en consideración a las necesidades de las personas.
Ningún mecanismo de solución de conflictos desplaza a otro. Aquellos de carácter ciudadano únicamente antecederán a los institucionales para encontrar la solución más adecuada y temprana al caso, pero nunca para constituirse en desmedro del sistema tradicional.
4. ÚLTIMA ALTERNATIVA: EL PROCESO JUDICIAL.
El sistema institucional y público, a través del proceso constituye la última alternativa, por lo que a través de éste se resolverán aquellas controversias que no pudieron solucionarse mediante los mecanismos alternativos y/o restaurativos o aquellos aspectos del conflicto sobre los cuales todavía no se genera acuerdo. En todo caso, el proceso debe eliminar barreras de acceso a la justicia, sean éstas cognitivas, económicas o procesales, entregando herramientas de gestión de casos a los jueces para que puedan entregar flexibilidad, rapidez y eficacia al procedimiento, adaptándolo a las necesidades de las partes y su conflicto particular.
El sistema institucional y público, a través del proceso constituye la última alternativa, por lo que a través de éste se resolverán aquellas controversias que no pudieron solucionarse mediante los mecanismos alternativos y/o restaurativos o aquellos aspectos del conflicto sobre los cuales todavía no se genera acuerdo. En todo caso, el proceso debe eliminar barreras de acceso a la justicia, sean éstas cognitivas, económicas o procesales, entregando herramientas de gestión de casos a los jueces para que puedan entregar flexibilidad, rapidez y eficacia al procedimiento, adaptándolo a las necesidades de las partes y su conflicto particular.
5. PARTICIPACIÓN DE LAS PERSONAS.
La participación colaborativa, pacífica y directa de las personas que tengan interés en la superación de los conflictos constituye un presupuesto básico y esencial de los sistemas de solución de los diferencias.
Los conflictos en estricto rigor pertenecen a las personas que los experimentan, por lo tanto, éstas serán las protagonistas principales en la búsqueda de su solución, así como en la adecuación de los mecanismos disponibles para satisfacer sus necesidades.
Para ello, se deben garantizar instituciones y espacios inclusivos en la que personas y comunidades puedan desarrollarse y coexistir armónicamente, manifestando y expresando distintas opiniones, ideas, tradiciones y culturas.
Aquí será el diálogo el principal instrumento en la generación de acuerdos, en consecuencia, este se constituirá en una herramienta tanto para la prevención como para la transformación y solución de conflictos de forma no violenta. Para que el diálogo cumpla su objetivo, se deben abordar las causas que lo dificultan y que pueden incluso favorecer la cultura de la intolerancia y la violencia.
Los conflictos en estricto rigor pertenecen a las personas que los experimentan, por lo tanto, éstas serán las protagonistas principales en la búsqueda de su solución, así como en la adecuación de los mecanismos disponibles para satisfacer sus necesidades.
Para ello, se deben garantizar instituciones y espacios inclusivos en la que personas y comunidades puedan desarrollarse y coexistir armónicamente, manifestando y expresando distintas opiniones, ideas, tradiciones y culturas.
Aquí será el diálogo el principal instrumento en la generación de acuerdos, en consecuencia, este se constituirá en una herramienta tanto para la prevención como para la transformación y solución de conflictos de forma no violenta. Para que el diálogo cumpla su objetivo, se deben abordar las causas que lo dificultan y que pueden incluso favorecer la cultura de la intolerancia y la violencia.
6. EDUCACIÓN PARA LA CONVIVENCIA EN SOCIEDAD.
La libertad de pensamiento y la libre discusión de las ideas es el motor del desarrollo en una sociedad democrática, constituyéndose en el eje por la cual se construye una sociedad tolerante de la diversidad.
La existencia de diferentes puntos de vistas ante una misma realidad es deseable, de forma tal que el respeto debe constituirse en un valor que toda persona debe integrar en su formación desde los primeros años de vida y durante toda su convivencia en sociedad.
La conflictividad puede ser una oportunidad para generar cambios positivos en las relaciones interpersonales y las comunidades. Por eso, deben procurarse programas de educación que permitan desarrollar habilidades que promuevan la solución colaborativa de los conflictos a partir de la utilización del diálogo y la obtención de acuerdos, abandonando la cultura de la intolerancia y la violencia por la de la convivencia.
La existencia de diferentes puntos de vistas ante una misma realidad es deseable, de forma tal que el respeto debe constituirse en un valor que toda persona debe integrar en su formación desde los primeros años de vida y durante toda su convivencia en sociedad.
La conflictividad puede ser una oportunidad para generar cambios positivos en las relaciones interpersonales y las comunidades. Por eso, deben procurarse programas de educación que permitan desarrollar habilidades que promuevan la solución colaborativa de los conflictos a partir de la utilización del diálogo y la obtención de acuerdos, abandonando la cultura de la intolerancia y la violencia por la de la convivencia.
7. TAREA PENDIENTE: ESTABLECER UN SISTEMA CIUDADANO DE JUSTICIA.
El sistema de justicia, representado por los tribunales que integran el Poder Judicial y los tribunales especiales, corresponde ser complementado con un sistema colaborativo y ciudadano que conjugue los mecanismos alternativos, terapéuticos y restaurativos a la solución de los conflictos jurídicos.
Ninguno de los sistemas desplaza al otro, solamente uno le antecede: el ciudadano. Los dos sistemas deben ser altamente efectivos, eficientes, eficaces, oportunos y de excelencia, puesto que son complementarios y están llamados a ser alternativa del otro, puesto que de lo contrario, al ser uno ineficiente, fuerza a refugiarse en el otro, por lo que pierden las características de ser alternativos, restaurativos y complementarios.
El sistema de justicia, representado por los tribunales que integran el Poder Judicial y los tribunales especiales, corresponde ser complementado con un sistema colaborativo y ciudadano que conjugue los mecanismos alternativos, terapéuticos y restaurativos a la solución de los conflictos jurídicos.
Ninguno de los sistemas desplaza al otro, solamente uno le antecede: el ciudadano. Los dos sistemas deben ser altamente efectivos, eficientes, eficaces, oportunos y de excelencia, puesto que son complementarios y están llamados a ser alternativa del otro, puesto que de lo contrario, al ser uno ineficiente, fuerza a refugiarse en el otro, por lo que pierden las características de ser alternativos, restaurativos y complementarios.
8. EN AMBOS SISTEMAS SE INTEGRAN TODA LA CONFLICTIVIDAD.
Se debe propender que los sistemas de justicia considere toda la conflictividad existente en la sociedad, sin exclusiones. Sin embargo, las excepciones que contemple cada uno de ellos deben ser debidamente fundadas.
No es un sistema para las pequeñas causas, está considerado para toda conflicto que surja en la sociedad, con el mínimo de exclusiones, las que solamente pueden sustentarse en los intereses de la nación o que tiendan a evitar el desequilibrio de las partes interesadas.
No es un sistema para las pequeñas causas, está considerado para toda conflicto que surja en la sociedad, con el mínimo de exclusiones, las que solamente pueden sustentarse en los intereses de la nación o que tiendan a evitar el desequilibrio de las partes interesadas.
9. PAZ Y ARMONÍA.
La eficiente solución de la conflictividad dentro de la sociedad permitirá construir la base para la obtención del bien común y de un desarrollo armónico. Al mismo tiempo permitirá alcanzar la paz en la misma sociedad y el bienestar de las personas, por medio de su plena realización material y espiritual, que debe constituir el fin último del Estado.
La eficiente solución de la conflictividad dentro de la sociedad permitirá construir la base para la obtención del bien común y de un desarrollo armónico. Al mismo tiempo permitirá alcanzar la paz en la misma sociedad y el bienestar de las personas, por medio de su plena realización material y espiritual, que debe constituir el fin último del Estado.
10. PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD.
Preocupación especial corresponde tener presente para integrar y satisfacer las necesidades particulares de las personas en situación de vulnerabilidad, entendidas como aquellas que por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico.
En ello se deben considerar especialmente las 100 Reglas de Brasilia y la Agenda para el Desarrollo Sustentable o Agenda 2030.
Preocupación especial corresponde tener presente para integrar y satisfacer las necesidades particulares de las personas en situación de vulnerabilidad, entendidas como aquellas que por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico.
En ello se deben considerar especialmente las 100 Reglas de Brasilia y la Agenda para el Desarrollo Sustentable o Agenda 2030.